“Lo que hizo la Suprema Corte fue darnos la razón”, subraya
La oposición falta a la verdad cuando dice que la Suprema Corte de Justicia de la Nación les favoreció en sus acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, siendo que la realidad es otra, porque lo que hizo la Suprema Corte fue darnos la razón a los diputados locales del PRI, al reconocer la validez de la mayoría de los artículos del Código Electoral de Veracruz que el PAN, PRD y Convergencia promovieron como inconstitucionales.
Así lo señaló el diputado Julio Hernández Ramírez, presidente de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso Local, quien subrayó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación además declaró infundados e inoperantes los argumentos en contra del proceso legislativo de aprobación del Código Electoral de Veracruz, como el supuesto “mayoriteo” priista y violaciones reglamentarias.
Añadió que el PAN, PRD y Convergencia “confunden a la opinión pública, a la ciudadanía en general, pues se ufanan de que lograron un “sonado” éxito en las acciones de inconstitucionalidad que presentaron en materia electoral, demandando la invalidez del Código Electoral del Estado, lo cual no es cierto, en realidad fue muy poco lo que lograron”.
Los aspectos que le interesaban a la oposición, dijo el legislador por el Distrito XIII de Coatepec, y respecto de los cuales la Corte emitió un criterio de que se había hecho en Veracruz un Código Electoral apegado a la Constitución, fueron, entre otros importantes temas: requisitos negativos o impedimentos para ser consejeros electorales y la no inclusión como causal de nulidad de una elección del exceder los topes de gastos de campaña.
Manifestaron también interés en la no supresión de las agrupaciones de ciudadanos de un municipio; asimismo, en el porcentaje máximo de candidaturas de un mismo género y los plazos para registro de coaliciones.
Entrevistado en las instalaciones del Palacio Legislativo, el diputado Julio Hernández enfatizó que todos los aspectos de mayor relevancia para ellos, aproximadamente 23 supuestas violaciones a la Constitución que plantearon estas acciones, realmente no tuvieron una resolución favorable, salvo únicamente en 3 de ellas y que son de poca relevancia con algunas reservas.
“Por eso faltan a la verdad cuando presentan esto como algo en que la Corte les favoreció, siendo que la realidad es otra”, sostuvo el legislador local.
Por otra parte, afirmó que es falso el argumento de la oposición, acerca de que con la resolución de la Corte ahora sí se podrá tener el “voto por voto, casilla por casilla”, pues ello ya está previsto en la legislación electoral, ya que lo único que hizo el Supremo Tribunal en este sentido fue declarar inconstitucional la prohibición de pedir a los tribunales que realicen recuentos de casillas en las que ya se hubiera realizado dicho procedimiento en los consejos electorales, prohibición que, por cierto, también establecen el COFIPE y a Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
La oposición falta a la verdad cuando dice que la Suprema Corte de Justicia de la Nación les favoreció en sus acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, siendo que la realidad es otra, porque lo que hizo la Suprema Corte fue darnos la razón a los diputados locales del PRI, al reconocer la validez de la mayoría de los artículos del Código Electoral de Veracruz que el PAN, PRD y Convergencia promovieron como inconstitucionales.
Así lo señaló el diputado Julio Hernández Ramírez, presidente de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso Local, quien subrayó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación además declaró infundados e inoperantes los argumentos en contra del proceso legislativo de aprobación del Código Electoral de Veracruz, como el supuesto “mayoriteo” priista y violaciones reglamentarias.
Añadió que el PAN, PRD y Convergencia “confunden a la opinión pública, a la ciudadanía en general, pues se ufanan de que lograron un “sonado” éxito en las acciones de inconstitucionalidad que presentaron en materia electoral, demandando la invalidez del Código Electoral del Estado, lo cual no es cierto, en realidad fue muy poco lo que lograron”.
Los aspectos que le interesaban a la oposición, dijo el legislador por el Distrito XIII de Coatepec, y respecto de los cuales la Corte emitió un criterio de que se había hecho en Veracruz un Código Electoral apegado a la Constitución, fueron, entre otros importantes temas: requisitos negativos o impedimentos para ser consejeros electorales y la no inclusión como causal de nulidad de una elección del exceder los topes de gastos de campaña.
Manifestaron también interés en la no supresión de las agrupaciones de ciudadanos de un municipio; asimismo, en el porcentaje máximo de candidaturas de un mismo género y los plazos para registro de coaliciones.
Entrevistado en las instalaciones del Palacio Legislativo, el diputado Julio Hernández enfatizó que todos los aspectos de mayor relevancia para ellos, aproximadamente 23 supuestas violaciones a la Constitución que plantearon estas acciones, realmente no tuvieron una resolución favorable, salvo únicamente en 3 de ellas y que son de poca relevancia con algunas reservas.
“Por eso faltan a la verdad cuando presentan esto como algo en que la Corte les favoreció, siendo que la realidad es otra”, sostuvo el legislador local.
Por otra parte, afirmó que es falso el argumento de la oposición, acerca de que con la resolución de la Corte ahora sí se podrá tener el “voto por voto, casilla por casilla”, pues ello ya está previsto en la legislación electoral, ya que lo único que hizo el Supremo Tribunal en este sentido fue declarar inconstitucional la prohibición de pedir a los tribunales que realicen recuentos de casillas en las que ya se hubiera realizado dicho procedimiento en los consejos electorales, prohibición que, por cierto, también establecen el COFIPE y a Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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